viernes, 14 de septiembre de 2012

Certificado de emigrante retornado

El Certificado de Emigrante Retornado es un documento que exige España para acceder a determinadas prestaciones y subsidios a favor de emigrantes y retornados. Acredita al solicitante la condición de "emigrante retornado" con la finalidad de poder optar por casi todas las ayudas que ofrece la administración española a sus conciudadanos cuando deciden retornar a España.

Procedimiento y requisitos

Se solicita en cualquier momento desde la llegada a territorio español ante las Dependencias de Trabajo y Asuntos Sociales, y, dentro de estas, ante las Oficinas de Extranjeros.

La condición de Emigrante Retornado dura dos (2) años computados desde la fecha de retorno, plazo que pudiera acortarse si se ha trabajado de manera continuada en España desde la llegada durante doce (12) meses seguidos.

Los documentos que se requieren para dicho trámite son los siguientes:

  • DNI y pasaporte del interesado donde conste la fecha de retorno.
  • Baja consular.
  • Informe laboral: es la acreditación del tiempo laborado en el extranjero. Cuando se trate de documentos de trabajo no oficiales, deberán ser autentificados por el Consulado Español o por la Consejería Laboral Española del país del solicitante. En el caso de que el solicitante sea procedente de Venezuela, haz clic aquí. Si el solicitante es procedente de otro país, haz clic aquí
  • Declaración jurada de no percibir prestación o subsidio de desempleo a cargo del país del que se retorna.

domingo, 9 de septiembre de 2012

Campaña "Vuelta al cole solidaria" - Cruz Roja Española



De izq. a der.: Keila, Montse, Cristina y Noelia en Carrefour Lugo
La Cruz Roja Española, sede de Lugo, en conjunto con Carrefour (Lugo) y Fundación Solidaridad, llevaron a cabo los días 7 y 8 de septiembre la Campaña "Vuelta al cole solidaria" en virtud de la cual se recogió material escolar para niños en riesgo de exclusión social. Con el aporte de cada ciudadano, Carrefour donaba otro producto igual. 
La jornada estuvo enmarcada dentro del altruismo y la solidaridad que caracterizan a los habitantes de la ciudad de Lugo, y fue un rotundo éxito para quienes participamos en ella en beneficio de los pequeños de esta ciudad. 

miércoles, 5 de septiembre de 2012

Subsidio para emigrantes españoles retornados


Si usted es español, trabajador activo, se encuentra radicado en el extranjero y desea retornar a España, cuenta con un Subsidio de Desempleo para Retornados otorgado por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social de ese país. Para que el retornado pueda optar por este subsidio, debe cumplir con una serie de requisitos exigidos por la administración:
  • Haber trabajado en el extranjero al menos doce (12) meses en los últimos seis (6) años desde su última salida de España, en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo, o con los que no exista convenio sobre protección por desempleo.
  • La voluntad de retornar debe ser definitiva, sin poseer empleo ni ingresos, pero con la intención de trabajar.
  • Permanecer inscrito durante un (1) mes como demandante de empleo ante el Servicio Público de Empleo Estatal.
  • No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo (más info aquí).
  • Carecer de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (481,05 euros / mes para 2012, se excluye la parte proporcional de las pagas extraordinarias). 
Los beneficiarios contarán, una vez cubiertos dichos requisitos, con un subsidio de 426 euros / mes para 2012 (que constituye el 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples -IPREM-). Asimismo, el beneficiario tendrá derecho a acciones formativas, de orientación, perfeccionamiento, reconversión e inserción profesional. 

Procedimiento


La solicitud deberá presentarse ante el Servicio Público de Empleo en el plazo de quince (15) días hábiles que comienzan a contarse desde el día siguiente al cumplimiento del mes de espera (es decir, a partir de la inscripción como demandante de empleo tras el retorno).

Dicha solicitud vendrá acompañada de la siguiente documentación:
  • Modelo oficial de solicitud (haz clic aquí) debidamente cumplimentado.
  • Documento Nacional de Identidad o Tarjeta de Identidad de Extranjero.
  • Certificado de Emigrante Retornado expedido por las Áreas o Dependencias de Trabajo y Asuntos Sociales de las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno de la provincia en la que se encuentra el solicitante.
  • Solo si es exigido, un justificante de rentas.
Para información adicional, haz clic aquí.